La disposición tiene vigencia desde este lunes 23 de agosto, según la circular de la DGT Nº 6/2021, en la cual se establece que los productos frutihortícolas no podrán ser liberados de la zona primaria sin el etiquetado correspondiente. Indica a la vez que el correcto etiquetado de los productos frutihortícolas es responsabilidad del importador, con relación a la verificación.
Verificaciones
Los productos y subproductos vegetales e insumos de uso agrícola, destinado al mercado interno y externo, son verificados a través de las Oficinas de Punto de Inspección (OPI), que están a cargo de la Dirección de Operaciones.
Las mismas tienen como objetivo ejercer las acciones operativas para el cumplimiento de las normas, requisitos y procedimientos, tendientes a asegurar la condición fitosanitaria, la calidad e inocuidad de los productos.
Asimismo, las OPI tienen la tarea de organizar y ejecutar actividades técnicas y administrativas relacionadas a las inspecciones fitosanitarias, en un espacio físico determinado y autorizado, sea este localizado en el punto de ingreso o de egreso.
Para las operaciones de inspección de la importación se utiliza la Ventanilla Única del Importador (VUI), sitio: http://www.aduana.gov.py/125-6-ventanilla-unica-del-importador--vui-.html, donde se encuentra el manual de procedimiento del Senave que explica la operativa en esta herramienta de gobierno electrónico.
Fuente y fotografia: La Nación.